SERVICIOS PÚBLICOS DESDE LA ÓPTICA AMBIENTAL
DOI:
https://doi.org/10.1234/gm.v2i2.5006Resumen
Es importante iniciar con la definición de servicio público. Se entiende por
tal las actividades, entidades u órganos públicos o privados con personalidad
jurídica creados por la Constitución o por la ley, para dar satisfacción en forma
regular y continua a cierta categoría de necesidades de interés general, bien
sea en forma directa, mediante concesionario o a través de cualquier otro
medio legal con sujeción a un régimen de derecho público o privado, según
corresponda. Esto quiere decir que el Estado tiene la obligación, o tiene el
deber de satisfacer estas necesidades a plenitud para los ciudadanos.