La arbitrabilidad de la tacha de falsedad de instrumentos públicos

Autores/as

  • Fidel A. Castillo Gómez

Resumen

La arbitrabilidad es una noción propia de la institución del arbitraje, y se refiere a aquello que es susceptible de ser arbitrado. Esta puede ser subjetiva u objetiva. En el ordenamiento jurídico venezolano el estándar de arbitrabilidad objetiva ha variado. En principio, era aplicable el estándar de la transabilidad establecido en el artículo 3 de la LAC. Luego, el estándar fue ampliado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, quien estableció que es arbitrable todo lo que puede ser decidido por un juez. La tacha de falsedad de instrumentos públicos es el medio de impugnación de los instrumentos públicos y presenta, en su regulación, aspectos que hacen dudas de su arbitrabilidad. Sin embargo, de acuerdo con los resultados arrojados por esta investigación, la misma es arbitrable en aplicación de estándar vigente en Venezuela, y, a su vez, por estar cubierta por los principios de Kompetenz-Kompetenz y el de autonomía del acuerdo de arbitraje.

Palabras claves: Arbitraje, arbitrabilidad, instrumento público, tacha de falsedad.

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Publicado

2022-07-19

Cómo citar

Castillo Gómez, F. A. (2022). La arbitrabilidad de la tacha de falsedad de instrumentos públicos. Revista De La Facultad De Derecho, (75). Recuperado a partir de https://revistasenlinea.saber.ucab.edu.ve/index.php/rfderecho/article/view/5700

Número

Sección

Artículos Doctrina