¿Puede el defensor ad litem quedar confeso?
Resumen
Para garantizar el derecho a la defensa del demandado, ante la imposibilidad de imponerlo personalmente de la existencia de un juicio civil en su contra, la ley ordena que se le nombre un defensor de oficio (defensor ad-litem), a fin de que represente los intereses del accionado que no se ha podido localizar y no obstante el llamamiento por medio del procedimiento de carteles, dicho demandado no se ha apersonado, por lo que el defensor debe actuar en su nombre y representarlo. Sin embargo, si el defensor no cumpliera el encargo, ¿podría quedar confeso?, lo que obviamente perjudicaría al demandado en dicho juicio.
Palabras claves: Demanda, Contestación, Defensor. Confesión ficta.
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