Discrdancia entre la teoría y la páxis jurídica en Venezuela a propósito del dolo en el derecho penal.
Resumen
La jurisprudencia y la doctrina defienden que el dolo está compuesto por el conocimiento y la voluntad de la realización del hecho típico, pero para probar el dolo en el proceso penal, la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia se conforma solo con la prueba del conocimiento. Ello debería impulsar a la jurisprudencia a cambiar el criterio y sostener que el dolo es solo conocimiento de la realización típica, pero ello no ocurre porque el Código penal establece que son punibles las conductas realizadas con intención, con lo cual obliga a considerar en el dolo la voluntad, aunque esta no se pueda probar. Es necesario que la legislación no adopte una postura dogmática concreta como la actual, para que la teoría pueda ser concordante con la praxis.
Palabras clave: Derecho penal, dolo, conocimiento, voluntad, intención, prueba, procedimiento penal.
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