EL PRINCIPIO DE TUTELA CONSTITUCIONAL DE DERECHOS FUNDAMENTALES POR TODO JUEZ DE LA REPÚBLICA
DOI:
https://doi.org/10.62876/rfd.v0i72.4138Resumen
El presente trabajo de investigación explica la importancia que representa para la protección de los Derechos Humanos en Venezuela, el principio de que todo Juez o Tribunal de la República, independientemente de su competencia en la estructura del Poder Judicial, se encuentran obligados a tutelar, asegurar y/o restablecer inmediatamente los derechos fundamentales cuando se demanda su amparo ante amenazas o violaciones por parte del Estado o de los particulares. En ese orden de ideas, se defiende que el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva (reconocido expresamente en el artículo 26 de la Constitución) y el principio procesal pro accione, obligan a organizar la competencia procesal de manera tal de facilitar al ciudadano el acceso efectivo al sistema de administración de justicia y al ejercicio de las acciones o recursos que le asisten para la defensa de sus derechos fundamentales, incluyendo todo lo referido al amparo constitucional. Igualmente, se sostiene que sería contrario a Derecho cualquier regulación legal, precedente judicial o disposición de gobierno del Poder Judicial que pretenda suprimir o excluir el poder que tiene todo Juez o Tribunal para amparar derechos humanos o fundamentales a través del proceso especial de amparo constitucional, ya que constituye un aspecto esencial e inescindible de su función jurisdiccional, atribuida y regulada exclusivamente en y por la Constitución. Con ese propósito, se ofrecen las razones que permiten justificar esas afirmaciones en el Derecho Constitucional y en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
Palabras clave: amparo constitucional, función jurisdiccional, competencia judicial, derechos fundamentales
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