Is this civilization? The discussion in relation to the Civil Code of 1868
DOI:
https://doi.org/10.62876/rm.v1i63.6524Keywords:
Civil Code, Concordat, Registries, Dead Hands, Citizenship, PatronageAbstract
This essay starts with the Patronage of the XIX century and the attempt to consummate a Concordat between the Holy See and the Republic, and then the attempt to approve a Civil Code in 1868, which although it was not sanctioned, gave rise to an interesting discussion with the participation of Archbishop Guevara y Lira, and in a very outstanding way, Archdeacon Antonio José Sucre. The polemic on the civil and political side was carried out by Julian Viso. The topics of the life of the people and the so-called goods of dead hands will be discussed, which will provide a propitious framework for the Archdeacon to give us a lesson on the principles of society from the point of view of the Church
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References
Profesor titular, economista y doctor en Historia. Profesor de la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB) Caracas, Venezuela.
Llamamos aquí Colombia a lo que generalmente se denomina la Gran Colombia, éste último nombre se le da a la república que surge en la Independencia para diferenciarla de la República de Colombia que será el nombre que asuma la República de la Nueva Granada desde 1860.
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A esto es a lo que se conoce con el nombre de Pase, que consistía en la aprobación que el Congreso le daba a los documentos emitidos por el Vaticano, todo esto de acuerdo a la ley de Patronato.
Ibídem.
Ídem.
NAVARRO: Op. Cit. citando: Resolución enviada por el Ministro del Exterior Antonio Leocadio Guzmán, al señor jefe municipal de Puerto Cabello Setiembre 12 de 1872. pp.121-123.
Ídem.
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SUCRE, Antonio José: Refutación del señor Doctor Julián Viso contra las observaciones hechas por el Ilustrísimo señor Arzobispo sobre el Código Civil. 1868. p. 5.
SUCRE, Antonio José: Op. Cit. p. 6.
Op. Cit., p. 7.
Op. Cit., p. 12.
GUEVARA y LIRA, Silvestre: Observaciones que el Arzobispo hace al Ejecutivo nacional sobre el "Código Civil" para ser sometidas al Congreso en la parte relativa a los Cánones y Disciplina de la Iglesia. 1868 Caracas, Febrero 7 de 1868. p. 10.
SUCRE, Antonio José: Refutación del señor Doctor Julián Viso contra las observaciones hechas por el Ilustrísimo señor Arzobispo sobre el Código Civil. 1868. p. 18.
Op. Cit.,p. 17.
GUEVARA y LIRA, Silvestre: Observaciones... p. 11.
La definición de Manos Muertas viene de Inglaterra, donde se denomina mortmain, el problema radica en que las propiedades donadas o adquiridas por la autoridad eclesiástica no podían ser enajenadas. La preocupación de los economistas era por qué los bienes en manos de las Iglesias no podían entonces volver a la circulación, no podían ser dados en sucesión y por tanto no podían pagar derechos hereditarios.
GUEVARA y LIRA, Silvestre: Observaciones... p. 17.
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SUCRE, Op. Cit., pp. 24-25.
Op. Cit., p. 25.
Ídem.
Op. Cit., p. 26.
Op. Cit., p. 28.
ídem.
Ibid.
Op. Cit., p. 33.
Op. Cit., p. 28.
Op. Cit., p. 26.
Idem.
SUCRE, Antonio José: Cartas Polémicas de un Sacerdote Católico. 1868. pp. 35-36.
Op. Cit., p. 42.
Op. Cit., p. 41.
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