TY - JOUR AU - Cedeño Carpio, David PY - 2021/06/06 Y2 - 2024/03/29 TI - CONSIDERACIONES SOBRE EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL DESDE LA INICIATIVA PRIVADA JF - Revista de la Facultad de Derecho JA - RFD VL - 0 IS - 74 SE - Artículos Doctrina DO - UR - https://revistasenlinea.saber.ucab.edu.ve/index.php/rfderecho/article/view/4970 SP - AB - <p>La función jurisdiccional es quizás la actividad humana más importante de todas, actualmente es ejercida por el Estado, quien es representado por sujetos que han obtenido los más altos cargos como resultado de alianzas, o de una sagaz manipulación mediática de la psicología social y la propaganda para el control de las masas, sin que los méritos, los logros, la experiencia, las capacidades ni las competencias de los funcionarios jueguen un papel fundamental en la designación de sus respectivos puestos. Actualmente, en mayor o menor medida el acceso a la justicia constituye uno de los negocios ilícitos más lucrativos, reservado casi exclusivamente para quien ostenta poder político, económico o una combinación de ambas cosas. Es por ello que la función jurisdiccional (incluido el sistema penitenciario) debe ser desarrollada por organizaciones privadas con fines de lucro sometidas a estrictos medios de supervisión y control a cargo tanto del Estado como de la comunidad y de los medios de comunicación, sobre la base de parámetros preestablecidos que procuren la estandarización y uniformidad del quehacer jurisdiccional, tanto en su parte operativa como administrativa.</p><strong>Palabras clave:</strong> Función Jurisdiccional, Administración de Justicia, Justicia Privada, Estado Mínimo. ER -