Por consiguiente, el sistema de
valoración o apreciación de la prueba puede
ser definido como un conjunto de
instrumentos que tiene el juez inseparable de
sus atribuciones y obligaciones, para
determinar la veracidad o falsedad de lo que
se busca probar, y así decidir conforme a
derecho, y al fin último, el cual es la búsqueda
de la justicia, evidentemente, la valoración o
apreciación que haga el juez sobre las
pruebas, debe ser lógica, no es arbitraria, pues
contradice el objeto para el cual existe dicho
principio, confiando en la experiencia del
juez por ser un garante de principios
constitucionales, aunque es conocido que la
materia, civil, mercantil, laboral y penal son
diferentes, todos tienen en común el sistema
de la valoración y apreciación de la prueba,
con respecto a la sana crítica que ejerce el
juez.
El sistema de valoración de la prueba,
en un principio era tasado, el legislador
controlaba, regulaba y limitaba la evaluación
de las pruebas aportadas, es decir, las normas
que regían a este sistema, determinaban el
valor de los medios probatorios (Vidal,
2019), sin contemplar en gran medida, el
proceso intelectual del juez. La sana crítica
según diversos autores, es considerada, un
método para la apreciación de la prueba, un
instrumento, un principio, un mecanismo,
reglas, un proceso psicológico e intelectual
del juez, e incluso un sistema en sí, si nos
apegamos estrictamente a la doctrina
Venezolana, la sana crítica es un sistema
intermedio (Añez Castillo, 2009), que
combina la rigurosidad, las reglas de la lógica
y el conocimiento del juez según las máximas
de experiencia, es necesario rescatar y
mencionar que la sana crítica tuvo su auge en
la legislación civil española en 1855 (Barrios,
2006), ejerciendo una clara influencia en la
creación del sistema legal de Venezuela, y
siendo aplicada aún en la actualidad por
considerar que es la mejor “herramienta” que
puede tener el juez a la hora de apreciar o
evaluar las pruebas. Incluso más allá de la
sana crítica ser definida como un sistema,
estudiosos en el área, lo consideran también
como reglas del correcto entendimiento
humano (Couture, 1942)
Si se analiza por analogía, en
Venezuela además de la sana crítica ser
considerada como un sistema intermedio,
también adopta y tiene matices de esta
concepción, de que es un instrumento
reglamentario de un proceso intelectual que
realiza el juez para poder decidir sobre las