gases de efecto invernadero por la actividad
empresarial, tal como lo realizó de la Unión
Europea; casos como el antes citado, en mi
opinión, son ejemplo ideal de cómo en
sociedad debemos organizarnos para lograr
minimizar el impacto de la acción humana en
el medio ambiente.
Tal como se denota en las plataformas
de información de la Comisión Europea
(2023), la Unión Europea ha implementado
un modelo que por medio de la promulgación
de regulaciones ordenadas, paulatinas y
debidamente substanciadas bajo los trámites
parlamentarios, ha establecido un régimen
legal marco para los Estados parte que
procura una transición hacia una economía
verde, neutral en carbono, integrada con
sistemas de energía limpia, entre otros
elementos innovadores, medidas todas que
tienden a evitar el aumento de la temperatura
promedio global, destacando la prohibición
de utilización de plásticos de un solo uso,
entre otras. Esto en aras de cumplir los
compromisos asumidos en el marco de
acuerdos internacionales, destacando los
ODS, la Convención Marco de las Naciones
Unidas sobre el Cambio Climático y el
Acuerdo de París.
Al establecer la Unión Europea un
marco legal obligatorio para las empresas que
funcionan en la Unión, busca que sus
empresas modifiquen sus procesos y políticas
de trabajo para alcanzar una economía verde;
sin embargo, es preciso considerar lo salvado
por Duarte (2014) que sostiene que “adoptar
una determinada postura (…) se relaciona
directamente con los valores y la cultura
organizacional de las empresas…” (p. 83).
Por lo tanto, al momento de legislar es
primordial considerar las condiciones propias
de las empresas, ya que estas determinan el
éxito o fracaso de una legislación. A pesar de
lo que algunos pudiesen considerar como una
intervención en el libre funcionamiento del
mercado, defiendo que la creación de
normativas en la materia bajo estudio, que
procuren una transición del sector a una
operación más amigable con el ambiente, trae
consigo establecer la protección al medio
ambiente como un bien jurídico tutelado por
la ley y que dado su carácter de interés
público o común deberá superponerse a los
intereses particulares.
Considero que dadas las demandas
actuales de los consumidores, la mayoría de
las empresas asumirán una posición de
stakeholders para así adaptarse al mercado,
sin embargo, lo ideal no es que estos
esfuerzos sean aislados mitigando su impacto
positivo sino que a través de la regulación del