La Tercerización, Su Declaratoria Y Consecuencias Jurídicas.
Outsourcing, Its Declaration and Legal Consequences.
Fecha recepción: 09-09-2022 Ramón Darío Sosa Caraballo
Fecha aprobación: 20-10-2022 Universidad Católica Andrés Bello Guayana
ramón.sosa@sosamartinez.com
https://orcid.org/0000-0002-5806-9081
Resumen
La figura de la tercerización es incorporada por el legislador en la nueva Ley Orgánica del
Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras y está contenida en su el artículo 48 ejusdem, con
un enfoque si se quiere punitivo, destacándose que su propósito es evitar la simulación o fraude
en la relación de trabajo y castigar a los patronos que incurran en ella. Ahora bien, se ha
presentado una problemática por la confusión de los trabajadores, las empresas, estudiantes de
derecho y abogados que no conocen con precisión los elementos constitutivos de la
tercerización y sus similitudes con otras figuras comunes en el Derecho Laboral venezolano.
Esta investigación documental aborda el estudio de la definición, supuestos de procedencia,
importancia de la declaratoria y consecuencias jurídicas de la tercerización. Teniendo como
norte las decisiones judiciales más recientes, se concluye que misma ley establece que los
organismos administrativos y judiciales establecerán las responsabilidades, de modo que, si
ninguno de esos organismos ha declarado responsabilidad, entonces, no podría aplicarse
ninguna de las consecuencias establecidas en el Bajo esta perspectiva, el eje central de esta
investigación documental analiza la tercerización, la importancia de su declaratoria y las
consecuencias jurídicas, ya que la ley señala que desde el mismo momento de la publicación en
Gaceta Oficial había un lapso de 3 años, para que las empresas incursas en tercerización se
ajusten e incluyan en su nómina a los trabajadores tercerizados debiendo asumir los costos y
pasivos inclusive retroactivamente, sin embargo, hay una especie de zona gris en la ley, pues
no se determina el terminus a quo cuando debe tenerse al presunto afectado como un
tercerizado.
Palabra clave: Tercerización, simulación, fraude, subcontratación, intermediario.
ABSTRACT
The figure of outsourcing is incorporated by the legislator in the new Organic Law of Labor
and Workers, and is contained in its article 48, with a punitive approach if desired, highlighting
that its purpose is to avoid simulation or fraud in the employment relationship and punish
employers who incur in it. Now, a problem has arisen due to the confusion of workers,
companies, law students and lawyers who do not know precisely the constitutive elements of
outsourcing and its similarities with other common figures in Venezuelan Labor Law.
This documentary research addresses the study of the definition, assumptions of origin,
importance of the declaration and legal consequences of outsourcing. Taking the most recent
judicial decisions as a guideline, it is concluded that the same law establishes that the
administrative and judicial bodies will establish responsibilities, so that, if none of these bodies
has declared responsibility, then none of the consequences established in the under this